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Apoderamiento a favor del procurador

Los procuradores son profesionales del derecho que se encargan de representar a los clientes ante juzgados y tribunales; para ello es necesario que el cliente otorgue un poder de representación a favor del procurador.

El poder se puede otorgar mediante escritura notarial, comparecencia en el Juzgado o bien de forma electrónica.

Poder notarial

Se trata de una escritura que se otorga ante notario y acredita ante el juez que se ha designado a un procurador para la representación en el procedimiento. El poder abarca con carácter general todos los trámites necesarios para el procedimiento.

Este tipo de poder, cuyo coste normalmente suele oscilar entre 40 y 70 euros, por sí solo y a diferencia de otros poderes, no atribuye al apoderado ninguna otra facultad de administración o disposición del patrimonio.

Poder mediante comparecencia personal en el Juzgado (apud acta)

El apoderamiento al procurador también se puede otorgar mediante comparecencia personal ante el Letrado de la Administración de Justicia; para ello, algunos partidos judiciales requieren la solicitud de cita previa en línea.

Se trata de los siguientes:

Amposta Figueres El Prat de Llobregat Sant Boi de Llobregat
Balaguer Girona La Seu d’Urgell Santa Coloma de Gramanet
Cornellà de Llobregat Olot El Vendrell Vilafranca del Penedès
Blanes     Cerdanyola del Vallès

En los demás partidos habrá que presentarse el  día y hora que el propio Juzgado donde se tramita el procedimiento señalado.

Apoderamiento telemático

El apoderamiento también puede otorgarse de manera telemática mediante el servicio apud acta de la Sede Judicial Electrónica.

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