La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, llegó a un acuerdo el pasado 25 de mayo de 2017, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva y no excluyente conozcan de la materia relativa a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

El Colegio de Procuradores de Barcelona prohibe presentar escritos no urgentes
En consonancia con el acuerdo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por el que se requiere a los órganos