Las secciones civiles de la Audiencia Provincial de Barcelona han adoptado unos acuerdos para unificar criterios en relación a los efectos de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado en aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria en los que el deudor tiene la condición de consumidor, siguiendo lo establecido por la Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 11 de septiembre de 2019.
En virtud de estos acuerdos, se pretende dar unas pautas u orientaciones jurisprudenciales para resolver de forma unificada las múltiples apelaciones que se hallan suspendidas en las diferentes salas a la espera de la resolución del TJUE sobre las cuestiones prejudiciales planteadas al respecto.
Básicamente, se adopta lo establecido por el Tribunal Supremo distinguiendo la solución de los procesos en función del momento en que se dio por vencido el préstamo: antes o después la entrada en vigor de la Ley 1/2013 y de si el incumplimiento del deudor reviste o no la gravedad prevista en el artículo 24 de la Ley 5/2019 de 15 Marzo reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Se adjunta copia de dicho acuerdo para mejor comprensión.
Ricard Ruiz López
Socio director. Llicenciado en Derecho por la Universitat de Barcelona. Procurador de los Tribunales.