El CGPJ prohibe la presentación de escritos no urgentes y amplia la suspensión de plazos al relativo a la presentación de concurso

El Consejo General del Poder Judicial establece que durante el estado de alarma sólo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de Lexnet.

Además, el alance de la suspensión de plazos procesales se extiende a los que rigen para la presentación de la solicitud de concurso.

Adjuntamos copia del acuerdo.

Comparte este artículo

Otros artículos en este blog

PROCURA: UN PASO AL FRENTE

Desde hace muchos años, -llevo más de 40 en la profesión-, se viene diciendo que la profesión de Procurador de los Tribunales, “este medio muerta”,

¿Estás interesado en nuestros servicios?

Contacta con nosotros