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El CGPJ prohibe la presentación de escritos no urgentes y amplia la suspensión de plazos al relativo a la presentación de concurso

El Consejo General del Poder Judicial establece que durante el estado de alarma sólo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de Lexnet.

Además, el alance de la suspensión de plazos procesales se extiende a los que rigen para la presentación de la solicitud de concurso.

Adjuntamos copia del acuerdo.

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