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Reforma de la Ley Concursal: breves notas tras nuestra asistencia a la sesión informativa del ICPB

Siguiendo con nuestra máxima de estar en continua formación, asistimos a la sesión informativa organizada por el Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona sobre la nueva reforma de la Ley Concursal:

El día 26 de septiembre de 2022 ha entrado en vigor la reforma de la ley concursal con el espíritu y la finalidad de simplificar y agilizar los procedimientos.

Las nuevas tecnologías ayudaran a ello, y aparecen con una serie de nuevas herramientas:

  • Programa de cálculo automático de plan de pagos.
  • Servicio de asesoramiento a pequeñas y medianas empresas en dificultades.
  • Web para diagnóstico de salud empresarial.
  • Portal de liquidaciones en el Registro Público concursal.

Sesión informativa organizada por el Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

El ámbito de aplicación incluye no solo las solicitudes de concurso presentadas a partir de su entrada en vigor sino también las anteriores en que todavía no haya sido declarado el concurso.

Cabe destacar la recuperación por los juzgados de lo mercantil de la competencia exclusiva en materia concursal con exclusión de los juzgados de primera instancia.

Se elimina el procedimiento abreviado y el concurso consecutivo.

La reforma suprime el convenio anticipado y el acto procesal de la Junta de acreedores.

Como novedad en materia de liquidación se prevé la innecesariedad del plan de liquidación, y se impone la subasta electrónica para la realización de bienes.

La apertura de la sección 6ª pasa a tener carácter general, se apertura con el decreto que pone fin a la fase común con el interés de agilizar la tramitación de la pieza. Se excluye al Ministerio Fiscal de esta sección de calificación y se da mayor protagonismo a los acreedores.

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